Guías de compra
Cómo verificar que los papeles de un usado están en regla en Perú
Auto Summit · · 7 min de lectura
SUNARP, gravámenes, papeletas, revisión técnica y SOAT: dónde se consulta cada uno y qué significa lo que sale.
Un auto puede estar impecable por fuera y aun así costarte meses de trámites. La parte legal de una compra de segunda mano no se ve en la carrocería: se ve en Registros Públicos, en el SAT y en el MTC, y está a un par de clics con la placa.
Esta guía te dice qué consultar, dónde y qué significa lo que sale. Todo se hace desde el celular, antes de mover el auto de sitio.
Pide la placa antes de la visita. Con la placa se revisa casi todo, y te ahorras el viaje si algo no cuadra.
1. SUNARP: quién es el dueño y qué cargas tiene
Acá se confunde mucha gente, porque hay dos servicios distintos y solo uno sirve para lo que necesitas.
La consulta vehicular gratuita: para empezar
La Consulta Vehicular de SUNARP es gratis y funciona con la placa. Devuelve el titular, la marca, el modelo, el color, la serie, el VIN y el número de motor. Sirve para confirmar que quien te vende es quien figura como titular, y para cotejar que serie, VIN y motor coinciden con lo grabado en el auto.
Y una advertencia que la propia SUNARP publica: este servicio no constituye publicidad registral y no informa sobre los gravámenes que podría tener el vehículo. Es referencial. Así que no te quedes acá.
El Certificado Registral Vehicular: el que sí vale
El Certificado Registral Vehicular (CRV), antes llamado certificado de gravamen, es el documento oficial que acredita si el vehículo tiene o no cargas, gravámenes, anotaciones de robo, medidas cautelares, garantías mobiliarias u otra medida judicial inscrita. Muestra además el titular, las características registrables, el estado de circulación, los títulos pendientes de inscripción y el día y la hora exactos en que se emitió.
Se pide en línea por el Servicio de Publicidad Registral en Línea de SUNARP, con atención inmediata, o en una oficina indicando la placa. Tiene una tasa publicada en el tarifario vigente. Es el único gasto de esta guía y el que más plata te puede ahorrar.
Qué mirar cuando te llegue:
- Cargas y gravámenes. Una garantía mobiliaria inscrita significa que el vehículo respalda una deuda. Mientras no se levante, tú no quedas como dueño limpio.
- Anotación de robo o medida judicial. Con eso no se negocia. Se va.
- Títulos pendientes. Hay un trámite en curso sobre esa partida. Pregunta cuál antes de seguir.
- La fecha y hora del certificado. Pídelo el mismo día en que vas a firmar. Una carga se puede inscribir en el intermedio.
2. La transferencia: la firma no basta, la inscripción sí
Esto no es un tecnicismo. La Ley 27181, artículo 34.1: "La transferencia de propiedad y otros actos modificatorios referidos a vehículos automotores se formaliza mediante su inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular".
El camino es: acta de transferencia ante notario, y de ahí a SUNARP. Comprador y vendedor van juntos con sus DNI originales, la tarjeta de identificación vehicular y el SOAT vigente, más los cónyuges si corresponde. El acta debe contener los datos de las partes, el acto que transfiere la propiedad, la placa o los números de serie y motor, y el precio con su forma de pago.
La inscripción la presenta normalmente el mismo notario, y también existe la vía digital del SID de SUNARP. La calificación registral puede tomar hasta siete días hábiles.
Por qué no se deja para después
Mientras la transferencia no esté inscrita, el registro sigue diciendo que el dueño es otro. Y la ley se apoya en ese registro.
El artículo 24.4 de la misma ley establece que, cuando no se identifica al conductor infractor, se presume la responsabilidad del propietario, salvo que acredite de manera indubitable que ya lo había vendido. El Reglamento Nacional de Tránsito dice lo mismo de las papeletas electrónicas: se notifican al propietario que figura en el registro y se lo presume responsable.
Un apunte honesto: buscamos un plazo obligatorio para inscribir en la Ley 27181 y en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular, y no lo encontramos. El "tienes 30 días" que circula en varios blogs no aparece en la norma. Lo que sí tiene fecha es la declaración jurada de descargo del impuesto vehicular, que vence el último día hábil del mes siguiente a la transferencia.
Al terminar, verifica en la consulta gratuita que ahora sales tú como titular. Cierra el círculo.
3. Papeletas y órdenes de captura
En Lima, la deuda por infracciones de tránsito y por impuesto vehicular se consulta en el SAT de Lima, por placa, papeleta o expediente. También está la app SmartSAT.
Y hay una consulta aparte que casi nadie hace y es la más importante: la de capturas. Ahí ves si sobre esa placa pesa una orden de captura o de internamiento por deuda. La multa es responsabilidad de una persona, pero la medida de cobranza se traba sobre la placa: si compras el auto, te la llevas puesta.
El SAT emite además un gravamen por multas de tránsito, distinto del CRV, que lista las multas pendientes en Lima Metropolitana. Si el auto circuló fuera de Lima, revisa también en la municipalidad provincial: cada jurisdicción lleva su propio registro.
4. Revisión técnica vehicular
Todos los vehículos inscritos que circulan por vías públicas deben aprobar periódicamente la inspección técnica, salvo las excepciones de la norma. Para un particular de hasta nueve asientos la inspección es anual y el certificado dura 12 meses.
Sobre desde qué año de antigüedad empieza, conviene ser preciso: la ficha del MTC dice cuarto año y el cuadro del reglamento original (D.S. 025-2008-MTC) dice tercero. El reglamento tiene varias modificatorias y no pudimos confirmar el texto compilado vigente, así que no publicamos un número: confirma la fecha con la consulta de placa, que es lo que te importa.
La vigencia se consulta en el sistema de CITV del MTC, que muestra el vencimiento y las dos últimas inspecciones. Si está vencida, es un gasto que asumes tú apenas compres, y circular sin certificado vigente es una infracción grave. Ese historial además te cuenta cómo mantuvieron el auto.
5. SOAT
La Ley 27181 obliga a todo vehículo automotor que circule en el territorio de la República a contar con SOAT vigente, o el certificado AFOCAT donde corresponda.
Cubre a las personas, no al vehículo. En palabras de APESEG, al ser una póliza de accidentes personales no cubre daños materiales. Los topes se fijan en UIT: muerte 4 UIT, invalidez permanente hasta 4 UIT, incapacidad temporal hasta 1 UIT, gastos médicos hasta 5 UIT y sepelio hasta 1 UIT. Al expresarse en UIT, el monto en soles cambia cada año. Y el pago se hace efectivo con la sola demostración del accidente, independientemente de quién tuvo la culpa.
Los daños al auto no entran ahí. Para eso está el seguro vehicular, que es voluntario, salvo que lo exija tu financiera.
La vigencia se verifica con la placa en la consulta de SOAT de APESEG. La SBS también ofrece un reporte de SOAT y seguro vehicular en su portal del usuario.
6. Impuesto al patrimonio vehicular
Grava a los vehículos con antigüedad no mayor de tres años desde su primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular, y se paga durante tres años a partir del año siguiente a esa inscripción.
La tasa es el 1% de la base imponible, con un mínimo del 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero de ese año. La base imponible es el valor original de adquisición, que no puede ser menor a la tabla referencial que el MEF aprueba cada año. En Lima lo administra el SAT (ficha oficial).
Si el vehículo todavía está dentro de esos años, confirma que las cuotas estén pagadas antes de firmar. Una deuda de impuesto vehicular impaga es de las que terminan en orden de captura.
El orden en el que conviene hacerlo
- Consulta vehicular gratuita: titular y características.
- Papeletas y capturas en el SAT.
- Vigencia de revisión técnica y de SOAT.
- Si todo eso sale limpio, recién ahí paga el CRV.
- Con el CRV del mismo día en la mano, vas a la notaría.
Los cuatro primeros pasos son gratuitos y filtran la mayoría de los casos problemáticos sin que gastes nada.
Y la parte mecánica
Los papeles limpios no dicen nada del motor, y un motor sano no arregla una prenda inscrita. Son dos revisiones distintas y las dos hay que hacerlas: la checklist mecánica está en qué revisar antes de comprar un auto usado en Lima.
Si prefieres que esto ya venga resuelto, esa es la diferencia de comprar en un concesionario formal: la unidad llega con historial y documentación verificados, y la transferencia se gestiona desde la sede.



